Corte Suprema · Penal

Ver droga durante un control vehicular legítimo habilita el control de identidad

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que, en un control vehicular legítimo, ver droga dentro del auto es indicio suficiente para el control de identidad del artículo 85 del Código Procesal Penal, y que la dosificación en 22 envoltorios descarta el consumo personal y configura microtráfico (artículo 4° de la Ley N° 20.000). Rechazó el recurso de nulidad.

Materias tratadas

  • La observación directa por funcionarios policiales de sustancias con apariencia de droga al interior de un vehículo, durante un control vehicular legítimo motivado por vidrios polarizados, constituye indicio suficiente para mutar a un control de identidad del artículo 85 del Código Procesal Penal y registrar a sus ocupantes

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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