Corte Suprema · Penal
La contaminación del juez por debatir salidas alternativas debe reclamarse oportunamente
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, si el juez propició un debate de salida alternativa antes del juicio simplificado, la defensa debió pedir oportunamente su inhabilitación; al no hacerlo, la causal no estaba preparada (artículo 377 del Código Procesal Penal). También descartó la falta de fundamentación. Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- La intervención del juez de garantía propiciando un debate de salida alternativa antes del juicio oral simplificado debe ser reclamada oportunamente como causal de inhabilitación
- No preparada en forma debida la denuncia, no procede su revisión por vía del recurso de nulidad
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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- Resumen extenso
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