Corte Suprema · Penal

El registro previo al traslado al cuartel no exige indicios

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que revisar las pertenencias de quien será conducido a un cuartel policial por infringir la Ley de Alcoholes es una medida de seguridad inherente al procedimiento, que no exige el indicio del artículo 85 del Código Procesal Penal; el arma hallada fue un descubrimiento inevitable. Rechazó el recurso de nulidad.

Materias tratadas

  • La revisión de vestimentas y pertenencias del infractor a la Ley de Alcoholes que será conducido a un cuartel policial constituye medida de seguridad imprescindible inherente al procedimiento, no requiriendo indicio del art. 85 CPP, por lo que el hallazgo del arma constituye descubrimiento inevitable

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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