Corte Suprema · Penal
El tráfico no exige determinar la pureza de la droga
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que el protocolo de análisis del artículo 43 de la Ley N° 20.000 no necesita determinar la pureza de la sustancia para configurar el objeto material del tráfico; ese dato solo importa para evaluar si se trata de consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo. Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- El protocolo de análisis del art. 43 de la Ley N°20.000 no requiere determinación de la pureza para configurar el objeto material del delito de tráfico, siendo dicho informe relevante únicamente para evaluar la causal de justificación de consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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