Corte Suprema · Penal

La detención en flagrancia tras denuncia corroborada no vulnera garantías

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que la policía actuó amparada en una denuncia constatada en terreno, sorprendiendo a un imputado en flagrancia del artículo 130 letra a) del Código Procesal Penal; respecto del otro, obró con instrucciones del fiscal y autorización voluntaria para ingresar al inmueble, donde halló especies sustraídas. Rechazó el recurso de nulidad.

Materias tratadas

  • La actuación policial sustentada en una denuncia corroborada en terreno y en la sorpresa del imputado en hipótesis de flagrancia del artículo 130 letra a) del Código Procesal Penal no vulnera garantías fundamentales

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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