Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
Rechazo de oposición en monitorio de arrendamiento: apelable en cinco días
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la resolución que rechaza la oposición en el monitorio de arrendamiento no es sentencia definitiva, pues no resuelve el fondo, sino una interlocutoria que pone término al juicio, apelable dentro de cinco días según el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, y no de diez. Rechazó el recurso de hecho.
Materias tratadas
- Recurso de hecho (artículos 203 y 205 del Código de Procedimiento Civil)
- Naturaleza jurídica de las resoluciones judiciales
- Inapelabilidad de autos y decretos que no alteran la substanciación regular del juicio ni recaen sobre trámites no ordenados por la ley (artículo 188 del Código de Procedimiento Civil)
- Plazo de apelación de la sentencia interlocutoria que pone término al juicio o hace imposible su continuación (artículo 189 del Código de Procedimiento Civil)
- Procedimiento monitorio de arrendamiento
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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