Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
Régimen especial por fallas de construcción no alcanza a meros accionistas
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que los artículos 18 y 19 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones establecen un régimen de derecho estricto que enumera taxativamente a los responsables, sin incluir a los meros accionistas o inversionistas; el levantamiento del velo societario debe discutirse en juicio ordinario separado. Revocó y declaró que el procedimiento especial no les es aplicable.
Materias tratadas
- Estatuto especial de responsabilidad por fallas o defectos en la construcción (artículos 18 y 19 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones)
- Carácter de derecho estricto del régimen y delimitación de su ámbito subjetivo
- Improcedencia de extender el procedimiento especial a los accionistas o inversionistas no comprendidos en el artículo 18 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones
- Levantamiento del velo societario y su ventilación en juicio ordinario separado de lato conocimiento (artículo 186 del Código de Procedimiento Civil)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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