Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
La isapre que cobra según tablas de factores derogadas incumple el contrato
Lo que resolvió la Corte
La Corte confirmó el rechazo del abandono del procedimiento: no hubo seis meses de inactividad.
Cobrar conforme a tablas de factores fundadas en normas derogadas por inconstitucionales es incumplimiento contractual, y el daño emergente directo y previsto se indemniza aun sin dolo. Rechazó la casación en la forma y confirmó, eximiendo de costas a la isapre.
Materias tratadas
- Abandono del procedimiento
- Gestión útil para dar curso progresivo a los autos (artículo 152 del Código de Procedimiento Civil)
- Renuncia al abandono por gestiones distintas a alegarlo (artículo 155 del Código de Procedimiento Civil)
- Recurso de casación en la forma por falta de consideraciones (causal del artículo 768 N° 5 en relación con el artículo 170 N° 4 del Código de Procedimiento Civil)
- Desestimación por ausencia de perjuicio reparable solo con la invalidación (inciso penúltimo del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil)
- Responsabilidad contractual de isapre por el contrato de salud previsional
- Excepción de cosa juzgada y cosa juzgada refleja (artículo 177 del Código de Procedimiento Civil)
- Irrelevancia del dolo por limitarse la condena al daño emergente directo y previsto (artículo 1558 del Código Civil)
- Distinción entre intereses resarcitorios y moratorios y reparación integral (artículos 647, 1556 y 1559 del Código Civil; artículos 6 y 19 de la Ley N° 18.010)
- Costas y motivo plausible para litigar (artículo 144 del Código de Procedimiento Civil)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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