Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
Es apelable la resolución que rechaza la nulidad por falta de emplazamiento
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la resolución que rechaza la nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento es una sentencia interlocutoria, pues establece derechos permanentes, y por ello es apelable. Acogió el recurso de hecho y concedió la apelación en el solo efecto devolutivo.
Materias tratadas
- Recurso de hecho (artículos 203 y 205 del Código de Procedimiento Civil)
- Clasificación de las resoluciones judiciales (artículo 158 del Código de Procedimiento Civil)
- Carácter de sentencia interlocutoria de la resolución que rechaza el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento
- Apelabilidad de las sentencias interlocutorias de primera instancia (artículo 187 del Código de Procedimiento Civil)
- Concesión de la apelación en el solo efecto devolutivo (artículo 194 del Código de Procedimiento Civil)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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