Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
El autoservicio responde por mercadería expuesta sin condiciones de seguridad
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que quien exhibe mercadería en autoservicio debe adoptar las medidas de seguridad necesarias, e incurre en culpa si la mantiene sujeta con un zuncho inseguro que lesiona gravemente a un cliente; tuvo por probado el daño moral por presunción judicial. Revocó la sentencia y acogió la demanda, con costas.
Materias tratadas
- Responsabilidad civil extracontractual
- Elementos de la responsabilidad extracontractual (acción u omisión de sujeto capaz, culpa, daño y relación de causalidad)
- Deber de seguridad del establecimiento comercial que opera bajo modalidad de autoservicio
- Culpa por deficiente aseguramiento de la mercadería expuesta a la venta
- Culpa de la víctima y exposición imprudente al daño (artículo 2330 del Código Civil)
- Prueba del daño moral mediante presunción judicial (artículo 426 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil)
- Regulación prudencial del monto del daño moral
- Condena en costas (artículo 144 del Código de Procedimiento Civil)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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