Corte Suprema · Civil
Procede el abandono del procedimiento en la notificación judicial de facturas
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la notificación de facturas de la Ley N° 19.983 se vuelve un verdadero juicio cuando el notificado alega cuestiones de fondo, por lo que admite abandono del procedimiento.
La suspensión de la Ley N° 21.226 no liberaba al actor de notificar la interlocutoria de prueba; su inactividad consumó el abandono. Rechazó la casación.
Materias tratadas
- Abandono del procedimiento
- Gestión preparatoria de la vía ejecutiva
- Notificación judicial de factura (Ley N° 19.983)
- Suspensión por emergencia sanitaria (Ley N° 21.226)
- Carga procesal de notificar la interlocutoria de prueba
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Civil
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