Corte Suprema · Civil
Pedir desarchivo solo para alegar abandono no importa renunciar a él
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que solicitar el desarchivo del expediente conjuntamente con el abandono del procedimiento, y con el único fin de tramitarlo, no es una gestión destinada a proseguir el juicio ni importa renuncia al derecho de alegarlo (artículo 155 del Código de Procedimiento Civil). Rechazó la casación en el fondo por manifiesta falta de fundamento.
Materias tratadas
- Abandono del procedimiento
- Renuncia al abandono
- Desarchivo del expediente
- Artículo 155 del Código de Procedimiento Civil
- Gestión útil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Civil
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