Corte Suprema · Penal
Olor a marihuana y marcaje canino externo habilitan registrar el vehículo
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que el fuerte olor a marihuana en un control de tránsito es indicio de delito, y que el marcaje de un perro detector que olfatea el exterior del vehículo, sin afectar la privacidad, habilita su registro conforme al artículo 85 del Código Procesal Penal. Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- Control de identidad investigativo y reconocimiento ex ante del indicio (artículo 85 del Código Procesal Penal)
- Olor a marihuana en el interior del vehículo como indicio del delito del artículo 196 en relación con el artículo 110 inciso segundo de la Ley del Tránsito
- Marcaje de un can detector de drogas en el exterior del vehículo, en el espacio público y sin afectar expectativa de privacidad
- Fiscalización de tránsito sin instrucción del Ministerio Público (artículo 4 de la Ley N°18.290)
- Fundamentación de la sentencia y valoración de la prueba (artículos 374 letra e), 297 y 342 letra c) del Código Procesal Penal)
- Principio de trascendencia y agravante del artículo 12 N°16 del Código Penal frente a los artículos 68 inciso primero y 69 del Código Penal
- Tráfico ilícito de drogas (artículos 1 y 3 de la Ley N°20.000)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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