Corte Suprema · Penal
Los acusadores no pueden invocar la causal del artículo 373 letra a)
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal protege garantías cuyo titular es el imputado, por lo que el Ministerio Público y la querellante no pueden invocarla, aun en casos de identidad de género. Declaró inadmisibles las causales principales y remitió la subsidiaria a la Corte de Apelaciones.
Materias tratadas
- El Ministerio Público y el querellante carecen de legitimación activa para invocar la causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, pues las garantías del debido proceso tienen por titular al imputado, aun en casos que involucren identidad de género
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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