Corte Suprema · Penal

La víctima no puede invocar la causal del artículo 373 letra a)

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que la causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal tiene como único titular al imputado, pues busca permitirle contrarrestar el poder punitivo estatal; la víctima carece de legitimación para invocarla. La condena, además, se dictó en procedimiento monitorio, que no admite el recurso de nulidad. Lo declaró inadmisible.

Materias tratadas

  • La víctima/querellante carece de legitimación activa para invocar la causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, pues las garantías del debido proceso tienen por titular al imputado

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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