Corte Suprema · Penal
La víctima no puede invocar la causal del artículo 373 letra a)
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal tiene como único titular al imputado, pues busca permitirle contrarrestar el poder punitivo estatal; la víctima carece de legitimación para invocarla. La condena, además, se dictó en procedimiento monitorio, que no admite el recurso de nulidad. Lo declaró inadmisible.
Materias tratadas
- La víctima/querellante carece de legitimación activa para invocar la causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, pues las garantías del debido proceso tienen por titular al imputado
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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