Corte de Apelaciones de Concepción · Familia
Las costas personales deben regularse según cuantía, trascendencia y actividad procesal
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que, ponderando la cuantía, la trascendencia jurídica y económica del litigio y la escasa actividad procesal, las costas personales debían rebajarse. Revocó la resolución que rechazó la objeción de costas, la acogió y fijó las costas personales en $200.000.
Materias tratadas
- Objeción de costas
- Rebaja del monto de las costas personales
- Factores de regulación de las costas: cuantía de lo disputado, trascendencia jurídica y económica del litigio y actividad procesal de las partes
- Desistimiento de la demanda en la audiencia de juicio
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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