Corte de Apelaciones de Valparaíso · Penal
Las condenas previas impiden la reclusión parcial domiciliaria
Lo que resolvió la Corte
La Corte limitó su pronunciamiento a la reclusión parcial domiciliaria, única pena sustitutiva denegada y discutida en estrados, y no a la libertad vigilada intensiva mencionada en el recurso. Atendidas las condenas pretéritas y las que cumple el sentenciado, no concurre el requisito del artículo 8° letra c) de la Ley N° 18.216: confirmó la denegación.
Materias tratadas
- Penas sustitutivas de la Ley N° 18.216
- Reclusión parcial domiciliaria
- Requisito de la letra c) del artículo 8° de la Ley N° 18.216
- Incidencia de las condenas pretéritas y de las que actualmente cumple el sentenciado
- Delimitación del objeto de la alzada por lo efectivamente resuelto en la sentencia y por lo sometido a la Corte en estrados
- Apelación conforme al artículo 37 de la Ley N° 18.216
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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