Corte de Apelaciones de Valparaíso · Penal
El artículo 447 N° 1 alcanza a todo dependiente asalariado y permanente
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el artículo 447 N° 1 del Código Penal debe interpretarse en función del abuso de confianza, abarcando a toda persona en relación de dependencia personal, asalariada y permanente, como el trabajador de transporte de valores que sustrajo una remesa. Sobre los hechos asentados, no hubo infracción de ley: rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- Recurso de nulidad como recurso de derecho estricto
- Causal de errónea aplicación del derecho del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal
- Hurto agravado (artículo 447 N° 1 en relación con el artículo 446 N° 1 del Código Penal)
- Interpretación del artículo 447 N° 1 del Código Penal en función del abuso de confianza y de la relación de dependencia personal, asalariada y permanente
- Apropiación y ánimo de lucro como elementos del tipo
- Valoración de la prueba conforme a la sana crítica y libertad de prueba (artículos 295, 297 y 342 del Código Procesal Penal)
- Intangibilidad de los hechos establecidos en el fallo impugnado
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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