Corte de Apelaciones de Valparaíso · Familia
La sola edad avanzada del alimentante no impide el arresto nocturno
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la sola edad del alimentante, de 73 años, no es enfermedad, invalidez ni circunstancia extraordinaria que permita suspender el apremio según el artículo 14 de la Ley N° 14.908, salvo antecedentes calificados, que el ejecutado no aportó. Revocó y ordenó arresto nocturno por quince días.
Materias tratadas
- Apremios por deuda de alimentos
- Arresto nocturno como apremio (artículos 14 y siguientes de la Ley N° 14.908)
- Presupuestos de la suspensión del apremio (inciso final del artículo 14 de la Ley N° 14.908)
- Insuficiencia de la sola edad del alimentante (73 años) para configurar enfermedad, invalidez o circunstancia extraordinaria que impida el cumplimiento del apremio o lo transforme en extremadamente grave
- Exigencia de antecedentes calificados y carga probatoria del ejecutado
- Deuda de alimentos liquidada, firme y ejecutoriada
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web