Corte de Apelaciones de Santiago · Laboral
La sentencia tardía que confunde a las partes infringe la inmediación
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la sola demora en dictar sentencia no infringe la inmediación si la dicta el mismo juez del juicio, pero sí cuando esa demora influye en lo resuelto: el fallo acogió la demanda de un trabajador y condenó a un empleador ajenos al litigio. Acogió el recurso de nulidad y ordenó realizar un nuevo juicio.
Materias tratadas
- Recurso de nulidad laboral
- Causal del artículo 478 letra d) del Código del Trabajo por infracción a las normas sobre inmediación
- Dilación entre la audiencia de juicio y la dictación de la sentencia y plazo del artículo 457 del Código del Trabajo
- Insuficiencia de la sola demora para configurar la infracción cuando el fallo lo dicta el mismo juez que presidió la audiencia
- Sentencia que resuelve respecto de personas ajenas al litigio
- Infracción de los artículos 427 y 429 del Código del Trabajo
- Invalidación de la sentencia y de la audiencia de juicio con retrotracción del procedimiento
- Causal subsidiaria del artículo 478 letra e) en relación con el artículo 459 N° 4 y N° 6 del Código del Trabajo
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Laboral
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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