Corte Suprema · Laboral

La nulidad del despido no alcanza al Estado por honorarios recalificados

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema reiteró que la sanción de nulidad del despido no procede contra órganos de la Administración del Estado cuando la relación laboral se reconoce a partir de contratos a honorarios, que gozan de presunción de legalidad. Acogió la unificación de jurisprudencia, invalidó la sentencia de alzada y mantuvo el rechazo de la nulidad del despido.

Materias tratadas

  • Inaplicabilidad de la sanción de nulidad del despido (Ley Bustos) a los órganos de la Administración del Estado cuando el contrato a honorarios es recalificado retroactivamente como una relación laboral

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Laboral
Texto íntegro (PDF)
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