Corte Suprema · Penal
Hechos establecidos no configuran conducción en estado de ebriedad
Lo que resolvió la Corte
Tras acoger la nulidad, la Corte Suprema dictó sentencia de reemplazo concluyendo que los hechos establecidos no satisfacen los elementos del delito de conducción en estado de ebriedad del artículo 196 inciso primero de la Ley N° 18.290. En consecuencia, absolvió al requerido.
Materias tratadas
- Sentencia de reemplazo
- Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad (artículo 196 inciso primero de la Ley N° 18.290)
- Hechos establecidos que no satisfacen los elementos de la figura penal
- Absolución del requerido conforme a los artículos 110 y 196 de la Ley N° 18.290 y a los artículos 340, 347, 373 letra b), 385 y 389 del Código Procesal Penal
- Voto en contra remitido a los fundamentos del fallo de nulidad (voto disidente)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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