Corte Suprema · Penal

En el procedimiento simplificado la sentencia debe escriturarse y comunicarse por escrito

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que, aunque el artículo 39 del Código Procesal Penal permite registrar las actuaciones por cualquier medio, en el procedimiento simplificado el artículo 396 exige dar a conocer la sentencia por escrito. Omitirlo vulnera el debido proceso: acogió la nulidad, invalidó la sentencia y la audiencia y ordenó realizar una nueva ante tribunal no inhabilitado.

Materias tratadas

  • Procedimiento simplificado - obligación legal de escriturar la sentencia conforme al artículo 396 del Código Procesal Penal
  • Vulneración del debido proceso y del derecho al recurso por falta de comunicación del texto escrito de la sentencia

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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