Corte Suprema · Penal
En el procedimiento simplificado la sentencia debe escriturarse y comunicarse por escrito
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, aunque el artículo 39 del Código Procesal Penal permite registrar las actuaciones por cualquier medio, en el procedimiento simplificado el artículo 396 exige dar a conocer la sentencia por escrito. Omitirlo vulnera el debido proceso: acogió la nulidad, invalidó la sentencia y la audiencia y ordenó realizar una nueva ante tribunal no inhabilitado.
Materias tratadas
- Procedimiento simplificado - obligación legal de escriturar la sentencia conforme al artículo 396 del Código Procesal Penal
- Vulneración del debido proceso y del derecho al recurso por falta de comunicación del texto escrito de la sentencia
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web