Corte de Apelaciones de Valparaíso · Laboral

El traslado de residencia del artículo 423 no exige mudanza definitiva

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que el traslado de residencia del artículo 423 del Código del Trabajo no exige mudanza definitiva ni ánimo de permanencia, bastando que el trabajador deba desplazarse y permanecer temporalmente en el lugar de la faena, como en un sistema excepcional de turnos. Revocó y rechazó la excepción de incompetencia relativa.

Materias tratadas

  • Competencia relativa en materia laboral y traslado de residencia del trabajador (artículo 423 del Código del Trabajo)
  • Alcance del traslado de residencia, que no exige mudanza definitiva ni ánimo de permanencia
  • Suficiencia del desplazamiento y permanencia temporal del trabajador en el lugar de prestación de los servicios
  • Incidencia de la ubicación de la faena y del sistema excepcional de turnos pactado
  • Recurso de apelación laboral (artículo 476 del Código del Trabajo)
  • Rechazo de la excepción de incompetencia relativa

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Valparaíso
Área
Laboral
Texto íntegro (PDF)
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