Corte de Apelaciones de Concepción · Civil
El rechazo de plano de un incidente de nulidad es apelable
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la resolución que rechaza de plano un incidente de nulidad procesal es una sentencia interlocutoria conforme al artículo 158 del Código de Procedimiento Civil y, por tanto, apelable según su artículo 187. Acogió el recurso de hecho y concedió la apelación en el solo efecto devolutivo.
Materias tratadas
- Recurso de hecho
- Naturaleza de sentencia interlocutoria de la resolución que rechaza de plano un incidente de nulidad procesal conforme al artículo 158 del Código de Procedimiento Civil
- Procedencia del recurso de apelación en contra de sentencias interlocutorias conforme al artículo 187 del Código de Procedimiento Civil
- Concesión de la apelación en el solo efecto devolutivo
- Artículos 158, 187, 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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