Corte Suprema · Penal
El querellante puede acusar particularmente en el procedimiento abreviado
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que el artículo 407 del Código Procesal Penal permite al querellante sostener su propia acusación en el procedimiento abreviado, junto a la acusación fiscal. Los jueces de alzada que mantuvieron la negativa a admitirla incurrieron en falta o abuso grave: acogió la queja, dejó sin efecto la sentencia y ordenó una nueva audiencia.
Materias tratadas
- Recurso de queja
- Procedimiento abreviado
- Derecho del querellante a acusar particularmente (art. 407 CPP)
- Facultades disciplinarias
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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