Corte Suprema · Penal
No hay quebrantamiento si el condenado nunca pudo iniciar la pena sustitutiva
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que no procede revocar la pena sustitutiva de servicios en beneficio de la comunidad por quebrantamiento (artículo 27 de la Ley N° 18.216) si el condenado nunca estuvo en condiciones de iniciar su cumplimiento, pues el plan de actividades no fue aprobado. Revocó, acogió el amparo, ordenó su libertad y la citación a nueva audiencia.
Materias tratadas
- Revocación de pena sustitutiva (servicios en beneficio de la comunidad)
- Quebrantamiento (art. 27 Ley N° 18.216)
- Condenado que no comenzó a cumplir
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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