Corte Suprema · Penal

El consentimiento expreso del propietario legitima la entrada al domicilio

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema consideró lícito el ingreso policial al domicilio: según los hechos establecidos, no impugnados, el propietario, como encargado del lugar, lo autorizó expresamente, único requisito del artículo 205 del Código Procesal Penal sin orden judicial. La orden de detención era solo el contexto operativo. Rechazó el recurso de nulidad.

Materias tratadas

  • Inviolabilidad del hogar (artículo 19 N° 5 de la Constitución Política de la República)
  • Entrada y registro en lugar cerrado con consentimiento expreso del propietario o encargado (artículo 205 del Código Procesal Penal)
  • Causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal en relación con el artículo 19 N° 3 inciso sexto de la Constitución Política de la República
  • Sujeción a los hechos establecidos cuando no se invoca la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal
  • Ejecución de una orden de detención como contexto operativo y no como fundamento jurídico autónomo del ingreso
  • Improcedencia de alegaciones nuevas planteadas en la vista de la causa (artículo 360 inciso primero del Código Procesal Penal)

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
Disponible para suscriptores

Lee este fallo completo en Litis Pro

Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.

Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.

¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web

Fallos relacionados

Las fichas omiten nombres, RUT, rol y fechas. Si algún dato te identifica, pide su revisión o retiro en Privacidad y retiro.