Corte de Apelaciones de Valparaíso · Penal
El agolpamiento que impide defenderse configura el robo por sorpresa
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la sentencia valoró la prueba sin contradicciones y conforme a la sana crítica, y que el elemento sorpresa quedó acreditado porque el agolpamiento en un bus impidió a la víctima defenderse o evitar la sustracción, lo que excluye calificar el hecho como hurto. Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- Recurso de nulidad
- Causal principal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal en relación con los artículos 342 letras c) y d) y 297 del mismo cuerpo legal
- Principios de razón suficiente y de no contradicción en la valoración de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica
- Causal subsidiaria del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal por errónea calificación jurídica
- Elementos del delito de robo por sorpresa del artículo 436 inciso segundo del Código Penal y su distinción con el hurto del artículo 432 del mismo Código
- Acreditación del elemento sorpresa a partir del agolpamiento
- Principio de legalidad del artículo 19 N° 3 de la Constitución Política de la República
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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