Corte Suprema · Civil
Cualquier comunero puede reivindicar individualmente el inmueble común como acto de conservación
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que entre comuneros existe un mandato tácito y recíproco para ejecutar actos de conservación, y que reivindicar un predio regularizado por un tercero mediante el D.L. N° 2.695 es un acto conservativo, que cualquier comunero puede ejercer individualmente. Acogió la casación y, en reemplazo, acogió la reivindicación.
Materias tratadas
- Acción reivindicatoria frente a saneamiento D.L. N° 2.695 (artículo 26)
- Legitimación activa de los comuneros
- Mandato tácito y recíproco
- Actos de conservación y administración del haber común
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Civil
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- Resumen extenso
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