Corte Suprema · Laboral

Autodespido por cotizaciones impagas procede aunque la relación laboral se declare judicialmente

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema unificó jurisprudencia: la sentencia que reconoce la relación laboral bajo honorarios con un órgano del Estado es declarativa, por lo que la obligación de cotizar existía desde el inicio y su incumplimiento justifica el despido indirecto. Acogió parcialmente el recurso y condenó a las indemnizaciones, sin aplicar la nulidad del despido.

Materias tratadas

  • Procedencia de la acción de despido indirecto (autodespido) por el no pago de cotizaciones de seguridad social, aun cuando el vínculo inicial haya sido a honorarios con un órgano del Estado y la relación laboral se declare recién en la sentencia definitiva

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Laboral
Texto íntegro (PDF)
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