Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
Un informe psicológico unilateral no acredita el daño moral por repercusión
Lo que resolvió la Corte
La Corte rechazó la casación en la forma por haberse apelado por iguales motivos (art. 768 inciso tercero CPC).
En el fondo, informes psicológicos basados en una sola atención por videollamada no prueban que el daño de los familiares derive de la detención. Revocó la indemnización por repercusión y rebajó por excesiva la de la víctima directa.
Materias tratadas
- Indemnización de perjuicios por daño moral derivada de prisión política y tortura
- Recurso de casación en la forma por falta de consideraciones de hecho y de derecho (artículo 768 N°5 en relación con el artículo 170 N°4 del Código de Procedimiento Civil)
- Rechazo de la casación por deducirse también apelación fundada en iguales motivos (artículo 768 inciso tercero del Código de Procedimiento Civil)
- Insuficiencia probatoria de informes psicológicos unilaterales para acreditar el daño moral por repercusión
- Daño moral por repercusión de los familiares de la víctima directa
- Reducción prudencial del monto indemnizatorio de la víctima directa
- Intereses desde la constitución en mora en la etapa de cumplimiento
- Artículos 767 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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