Corte de Apelaciones de Valparaíso · Civil

Tercero no admitido como parte no puede promover nulidad procesal

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que quien promueve nulidad en el cumplimiento del fallo sin haber pedido antes ser tenido como parte no puede ser admitido, pues el tercero que comparece acepta todo lo obrado (arts. 22 y 23 CPC) y debe acreditar un nexo jurídico sustancial. Confirmó el rechazo del incidente de nulidad.

Materias tratadas

  • Comparecencia e intervención de terceros en juicio (artículos 22 y 23 del Código de Procedimiento Civil)
  • Rescisión de lo obrado respecto del litigante rebelde (artículo 80 del Código de Procedimiento Civil)
  • Nulidad procesal (artículo 83 del Código de Procedimiento Civil)
  • Efectos de la nulidad declarada por sentencia firme (artículo 1687 del Código Civil)
  • Limitación de la intervención de terceros en la fase de cumplimiento incidental del fallo a quienes acrediten un nexo jurídico sustancial
  • Improcedencia del incidente de nulidad promovido por quien no ha sido previamente admitido como parte
  • Artículo 186 del Código de Procedimiento Civil

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Valparaíso
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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