Corte Suprema · Penal
Se convalida el vicio procesal no reclamado oportunamente en el juicio simplificado
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la omisión del alegato de apertura de la defensa en el juicio simplificado quedó convalidada (artículos 161 y 162 del Código Procesal Penal), pues solo se reclamó avanzado el juicio, sin advertirla oportunamente, y el recurso no se preparó conforme al artículo 377. Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- Convalidación de vicio procesal por no alegarlo oportunamente en el juicio oral simplificado
- Preclusión del derecho a impugnar omisión de alegato de apertura
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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