Corte Suprema · Penal
Hay flagrancia si el imputado desciende del vehículo portando el arma
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la detención fue legítima: al descender el imputado del vehículo con el arma en la mano se configuró la flagrancia del artículo 130 letra a) del Código Procesal Penal, que autoriza detener conforme al artículo 129, y además tenía una orden de detención vigente. Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- Flagrancia configurada al descender el imputado con arma de fuego en mano y orden de detención vigente
- Validez de información de transeúnte como antecedente
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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