Corte Suprema · Penal
La condena como adolescente no excluye la irreprochable conducta anterior
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que una condena previa impuesta como adolescente, bajo el estatuto especial y diferenciado de la Ley N° 20.084, no puede servir para negar la atenuante de irreprochable conducta anterior del artículo 11 N° 6 del Código Penal. Acogió en ese punto el recurso y ordenó dictar sentencia de reemplazo.
Materias tratadas
- La condena pretérita como adolescente no obsta al reconocimiento de la atenuante de irreprochable conducta anterior del artículo 11 N° 6 del Código Penal, atendidos los principios y estatuto especial del sistema penal juvenil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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