Corte de Apelaciones de Santiago · Familia

Procedimiento extraordinario de cobro de alimentos puede reiterarse sin límite legal

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que el artículo 19 quinquies de la Ley N° 14.908 no limita las veces que puede aplicarse el procedimiento extraordinario de cobro de pensiones alimenticias, y constató un remanente importante en los fondos previsionales del deudor. Revocó la resolución que lo negaba y ordenó llevarlo a cabo.

Materias tratadas

  • Procedimiento extraordinario de cobro de pensiones alimenticias (artículo 19 quinquies de la Ley N° 14.908)
  • Inexistencia de limitación legal al número de veces que puede llevarse a cabo el procedimiento
  • Existencia de un importante remanente en los fondos previsionales del deudor
  • Recurso de apelación en el procedimiento de familia (artículo 67 de la Ley N° 19.968)

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Área
Familia
Texto íntegro (PDF)
Disponible para suscriptores

Lee este fallo completo en Litis Pro

Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.

Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.

¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web

Fallos relacionados

Las fichas omiten nombres, RUT, rol y fechas. Si algún dato te identifica, pide su revisión o retiro en Privacidad y retiro.