Corte Suprema · Penal

Orden de entrada y registro permite registro superficial de vestimentas de moradores

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que, al ejecutar una orden judicial de entrada y registro en un domicilio vinculado al tráfico de drogas, la policía puede registrar superficialmente las vestimentas de sus ocupantes, medida necesaria y proporcional amparada por la autorización para registrar la vivienda. Desestimó también las demás causales y rechazó los recursos de nulidad.

Materias tratadas

  • Legalidad del registro corporal (de vestimentas) practicado a los ocupantes de un inmueble durante la ejecución de una orden judicial de entrada y registro por delito de tráfico de drogas

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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