Corte Suprema · Penal
Suspender el juicio simplificado más de cinco días amenaza la libertad personal
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que el artículo 396 del Código Procesal Penal impide suspender el juicio simplificado más de cinco días, por lo que reprogramarlo más de dos meses fue ilegal y, aunque los imputados no tenían cautelares, amenaza su libertad personal. Revocó, acogió el amparo y ordenó celebrar el juicio en la audiencia más próxima posible.
Materias tratadas
- Ilegalidad al reprogramar un juicio oral simplificado por un plazo que excede el límite legal de cinco días (Art. 396 del CPP) debido a la falta de prueba del fiscal, configurando una amenaza a la libertad personal de los imputados
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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