Corte de Apelaciones de Santiago · Laboral
Nulidad laboral: no procede invocar caducidad no alegada en la instancia
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el recurso de nulidad no constituye instancia y su revisión se limita a lo planteado, debatido y resuelto en la sentencia, por lo que no admite alegaciones nuevas. La caducidad de la acción de reintegro del artículo 75 del Estatuto Docente nunca se discutió en el juicio. Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- Recurso de nulidad laboral por la causal de infracción de ley con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo (artículo 477 del Código del Trabajo)
- Finalidad de la causal de infracción de ley y sus hipótesis de contravención formal, errónea interpretación y falsa aplicación
- Naturaleza del recurso de nulidad como juicio de validez de la sentencia que no constituye instancia
- Circunscripción de la revisión a lo planteado, debatido y resuelto en la sentencia recurrida e improcedencia de nuevas alegaciones en sede de nulidad
- Imposibilidad de configurar infracción de ley respecto de un asunto no fallado en la sentencia recurrida
- Caducidad del plazo de sesenta días para deducir la acción de reintegro del artículo 75 del Estatuto Docente y deber de declararla de oficio conforme al artículo 447 del Código del Trabajo (alegación de la recurrente)
- Acción de reincorporación de la trabajadora y pago de las remuneraciones del tiempo intermedio
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Laboral
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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