Corte Suprema · Penal

No procede una segunda internación provisional paralela sin incumplimiento de la vigente

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que a la internación provisional se aplican las reglas de la prisión preventiva, de interpretación restrictiva, por lo que no procede imponer otra paralela o anticipada (artículo 141 del Código Procesal Penal) si la amparada no incumplió la vigente ni hay riesgo de incomparecencia. Revocó y acogió el amparo, dejando sin efecto la segunda internación.

Materias tratadas

  • Recurso de amparo
  • Internación provisional
  • Prisión preventiva anticipada (artículo 141 CPP)
  • Carácter excepcional y restrictivo de las cautelares personales

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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