Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
Los créditos de la Ley N° 20.027 de titularidad fiscal no prescriben
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que los créditos para educación superior otorgados conforme a la Ley N° 20.027, impagos y cuyo titular es el Fisco, no prescriben según su artículo 13 inciso 2°. Esto rige aunque se cobren con pagarés de pago único a día fijo. Revocó la sentencia, rechazó la excepción de prescripción y ordenó seguir adelante la ejecución.
Materias tratadas
- Juicio ejecutivo fundado en pagarés
- Excepción de prescripción de la acción ejecutiva
- Créditos otorgados conforme a la Ley N° 20.027 (financiamiento de estudios de educación superior) cuyo titular es el Fisco de Chile
- Imprescriptibilidad de los créditos impagos de titularidad fiscal (artículo 13 inciso 2° de la Ley N° 20.027)
- Improcedencia de exigir un incumplimiento previo de cuotas para el cobro total de la deuda (artículo 35 del Reglamento respectivo)
- Revocación (artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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