Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
El monto del daño moral debe corresponder a la extensión del daño
Lo que resolvió la Corte
La Corte compartió el monto del daño moral por ser proporcional a su extensión, especialmente a la discapacidad declarada del 15% con afectación de la salud mental de la actora. Para conservar su poder adquisitivo, agregó intereses desde la constitución en mora en la etapa de cumplimiento. Confirmó la sentencia con esa declaración.
Materias tratadas
- Responsabilidad civil derivada de un hecho ilícito
- Indemnización del daño moral
- Quantum del daño moral y su correspondencia con la extensión del daño (discapacidad declarada del 15% con afectación de la salud mental)
- Establecimiento de la dinámica del hecho, el daño, el vínculo causal y la capacidad del demandado
- Reajustes e intereses corrientes para operaciones reajustables desde la constitución en mora en la etapa de cumplimiento
- Confirmación con declaración (artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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