Corte Suprema · Penal

Las causales 373 b) y 374 e) no pueden deducirse conjuntamente

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que las causales de los artículos 373 letra b) y 374 letra e) del Código Procesal Penal, deducidas conjuntamente, son incompatibles y excluyentes: la primera acepta los hechos fijados y discute el derecho, y la segunda impugna el establecimiento de esos hechos. Sin entrar al fondo, rechazó el recurso de nulidad.

Materias tratadas

  • Las causales de nulidad de los artículos 373 letra b) y 374 letra e) del Código Procesal Penal no pueden deducirse conjuntamente, pues resultan incompatibles y excluyentes: la primera supone aceptar los hechos fijados y controvertir el derecho aplicable, mientras la segunda controvierte el establecimiento mismo de esos hechos

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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