Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
La sola declaración del imputado no desvirtúa la prisión preventiva
Lo que resolvió la Corte
La Corte tuvo por justificados los robos con violencia frustrados y la participación con las declaraciones de las víctimas, el parte policial y las atenciones médicas, y estimó que la sola declaración del imputado no desvirtúa la cautelar. Por la gravedad de los delitos, el actuar en grupo y las penas, confirmó la prisión preventiva.
Materias tratadas
- Prisión preventiva
- Robo con violencia en grado frustrado (artículo 436 inciso 1° del Código Penal)
- Presupuestos materiales de las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal
- Suficiencia de las declaraciones de las víctimas para justificar el hecho punible y la participación
- Necesidad de cautela y peligro para la seguridad de la sociedad
- Insuficiencia de la sola declaración del imputado como nuevo antecedente para revisar la cautelar
- Confirmación conforme a los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal
- Voto disidente por sustitución por el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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