Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
Causas pendientes con cautelares vigentes justifican la prisión preventiva
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la participación se presume fundadamente si los policías indican que el imputado ocupaba el dormitorio donde estaba la mayor parte de la droga, aunque fuera detenido afuera. Cometer el hecho con causas pendientes de igual naturaleza y cautelares vigentes muestra que las medidas menores no bastan: confirmó la prisión preventiva.
Materias tratadas
- Prisión preventiva
- Impugnación de los presupuestos de las letras b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal
- Presunción fundada de participación (letra b) del artículo 140)
- Necesidad de cautela y peligro para la seguridad de la sociedad (letra c) del artículo 140)
- Existencia de causas pendientes de la misma naturaleza con medidas cautelares vigentes al momento de cometer el hecho
- Insuficiencia de medidas cautelares de menor intensidad
- Naturaleza de la droga incautada
- Modalidad de ejecución en grupo o pandilla
- Artículos 139, 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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