Corte Suprema · Penal

La sentencia del procedimiento simplificado debe escriturarse íntegramente

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que la sentencia del procedimiento simplificado debe escriturarse y comunicarse íntegramente, no solo en su parte resolutiva, dentro del plazo del artículo 396 del Código Procesal Penal; el registro de audio no basta. Acogió el recurso de nulidad de la defensa, anuló la sentencia y la audiencia y ordenó una nueva ante tribunal no inhabilitado.

Materias tratadas

  • La sentencia condenatoria dictada en procedimiento simplificado debe ser escriturada y comunicada en su integridad —no sólo en su parte resolutiva— dentro del plazo del artículo 396 CPP, siendo su omisión causal de nulidad por afectación al debido proceso, derecho a defensa y derecho al recurso

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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