Corte Suprema · Penal
Acción penal privada: la sentencia debe escriturarse íntegra y oportunamente
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que el deber de escriturar íntegra y oportunamente la sentencia se aplica también al procedimiento de acción penal privada. Remitirla por escrito días después de la fecha fijada para su lectura infringe el debido proceso: acogió la nulidad de la querellante, invalidó la sentencia absolutoria y el juicio, y ordenó uno nuevo ante tribunal no inhabilitado.
Materias tratadas
- El deber de escrituración íntegra y oportuna de la sentencia, aplicable también al procedimiento por delito de acción privada (regido por las normas del procedimiento simplificado), es esencial para asegurar los derechos de los intervinientes y configura, en caso de incumplimiento, infracción al debido proceso
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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