Corte Suprema · Laboral

La sanción de nulidad del despido alcanza a la empresa principal

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema reiteró que la sanción del artículo 162 del Código del Trabajo se aplica a la empresa principal cuando el no pago de cotizaciones ocurre durante la subcontratación, pues la ley le encarga controlar esas obligaciones y se beneficia del trabajo. Por estar la materia ya unificada, declaró inadmisible el recurso de unificación.

Materias tratadas

  • Aplicación y procedencia de la sanción de nulidad del despido (artículo 162 del Código del Trabajo) a la empresa principal o mandante en régimen de subcontratación

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Laboral
Texto íntegro (PDF)
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