Corte Suprema · Laboral
El finiquito no extingue acciones por enfermedad profesional no mencionadas expresamente
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la materia ya está unificada: el poder liberatorio del finiquito se limita a lo que las partes acordaron expresamente, y una mención genérica no comprende las acciones por una enfermedad profesional no individualizada. Declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia de la empleadora y se mantiene la condena.
Materias tratadas
- La materia relativa al poder liberatorio del finiquito frente a acciones por enfermedad profesional se encuentra con criterio asentado y uniforme, lo que torna improcedente el recurso de unificación
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Laboral
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- Resumen extenso
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